Cuando se tiene un accidente en el trabajo a raíz del desempeño de la actividad, o se sufre una enfermedad profesional, se cobra una cantidad diferente a cuando la baja es por enfermedad común. En el presente artículo te explicamos cúanto se cobra en el caso de baja por accidente laboral.
1. ¿Qué es la baja por accidente laboral?
La baja por accidente laboral, como su nombre señala, es aquella que tiene sitio por un accidente que se genera en el trabajo, o bien a raíz de este.
Debe haber puesto que una relación directa entre el trabajo y el accidente que se ha producido. Cuando el accidente que impide al trabajador proseguir trabajando, o bien la enfermedad que padece, no guardan relación con el trabajo, se cree que la baja es por enfermedad común.
Todas y cada una de las lesiones que se generan a lo largo de la jornada de trabajo, y en el centro de trabajo, se consideran accidente laboral, salvo que el empresario pueda probar que no lo ha sido.
Asimismo se consideran accidentes de trabajo los que se generan a raíz de delitos que comete el empresario, un compañero de trabajo, o bien una persona que guarda relación con la compañía.
2. Casos singulares que asimismo se consideran accidente laboral
Aunque es verdad que habitualmente es muy simple esclarecer tal relación (por servirnos de un ejemplo, el obrero que se cae de un andamio), en otros casos no resulta tan fácil.
Por consiguiente, hay otros géneros de accidentes que, sin haber una relación tan directa entre el trabajo efectuado y el accidente que ha tenido sitio, se consideran asimismo accidentes de trabajo.
Son los próximos casos:
Primeramente, los llamados accidentes “in itinere”. Estos son los que tienen sitio cuando el trabajador iba o bien venía de su puesto.
No solo son accidentes “in itinere” aquellos que ocurren cuando el trabajador va a un centro fijo de trabajo, sino más bien los que tienen sitio entre el domicilio de este, y el primer o bien último usuario que ha visitado.
Accidentes en misión. Estos accidentes tienen sitio si se está fuera del centro de trabajo a raíz de una orden del empresario, y a lo largo del recorrido.
Van a ser accidentes laborales asimismo los que tienen sitio a lo largo de actos de salvamentos o bien afines, si se hacen a raíz del trabajo.
Las enfermedades que sin estar en el listado de “enfermedades profesionales” tienen sitio a raíz del trabajo solamente, asimismo se considerarán accidentes laborales.
Del mismo modo en el caso de aquellas enfermedades que se tenían de forma anterior, mas que se agudizan a raíz de un accidente laboral.
Aquellos accidentes que tienen sitio a lo largo del desempeño de tareas sindicales, o bien al ir o bien regresar de estas, asimismo son considerados accidentes laborales, o sea.
En último sitio, asimismo se consideran accidentes de trabajo aquellos que tienen sitio mientras que se efectúan funciones que no son propias del pues frecuentemente se ocupa, mas que se hacen por orden del empresario, o bien a fin de que la compañía funcione bien.
3. ¿Cuánto se cobra a lo largo de la baja por accidente laboral?
Cuando la baja tiene sitio a raíz de un accidente laboral, o bien una enfermedad profesional, desde el primero de los días que se está de baja, se cobra el setenta y cinco por ciento de la base reguladora por contingencias profesionales.
Veremos esto con un caso práctico.
Pongamos el en el caso de que en tu nómina, la base reguladora por contingencias profesionales es de mil cien euros, y que debes estar de baja a lo largo de veintiuno días a raíz de un accidente laboral:
Primeramente, cogemos la base reguladora y la dividimos entre 30:
Calculamos el setenta y cinco por ciento :
Ya podemos calcular el total que se cobra durante los veintiuno días:
4. ¿Qué sucede si tras el accidente laboral, quedan lesiones o bien el trabajador queda incapacitado para trabajar?
Si el trabajador queda incapacitado para trabajar a lo largo de un tiempo, o bien de forma terminante, va a poder pedir la prestación por incapacidad temporal o bien por incapacidad permanente, conforme cuál sea el caso.
Incapacidad permanente
Incapacidad temporal
5. ¿De qué manera se gestiona la incapacidad temporal?
Si la incapacidad es temporal, se puede presentar la documentación en cualquier Centro de atención y también información de la Seguridad Social del INSS.
Para poder pedir la incapacidad permanente, hay que agotar primero el periodo máximo de incapacidad laboral temporal, sin haber llegado a ser dado de alta, o va a haber que estar en situación de incapacidad laboral de forma previsible terminante.
6. ¿Qué documentación hay que presentar para gestionar la incapacidad temporal?
Incapacidad temporal
Para pedir la incapacidad temporal, hay que presentar los próximos documentos, en V. O bien. y fotocopia:
Comunicado médico de la baja.
Comunicados médicos que confirmen la baja.
Comunicado médico que dé de alta al trabajador.
documento de identidad, o bien en su caso tarjeta de vivienda del trabajador.
Documentación sobre la cotizacíon, si es un autónomo.
Incapacidad laboral permanente
Caso de que vaya a gestionarse la incapacidad laboral permanente, va a haber que presentar original y copia de los próximos documentos:
documento de identidad. En el caso de trabajadores extranjeros, tarjeta de vivienda original que esté actual, o bien pasaporte y NIE.
Petición al INSS. Para descargarla, pincha en el próximo enlace:
Seguridad Social-Incapacidad Permanente
En el caso de tener familiares a cargo, hay que presentar el libro de familia.
En el caso de enfermedad por accidente o bien enfermedad profesional, el parte administrativo sobre tal accidente o bien enfermedad, como el certificado empresarial del sueldo real en el año precedente. Cuando es por enfermedad común, hay que presentar el justificante de pago de las cuotas relativas a los tres meses últimos en su caso, o bien la certificación del SEPE si se está en el paro.
Más información
Seguridad Social-Prestación de Incapacidad Temporal