Si cobras la Renta Activa de Inserción y comienzas a trabajar en los próximos días, en ciertos casos es posible compaginar tu ayuda. Te contamos exactamente en qué casos puedes trabajar y cobrar la RAI al tiempo y de qué manera debes comunicarlo al SEPE.
1. ¿Quién puede cobrar la RAI?
Con carácter general, pueden ser adjudicatarios de la Renta Activa de Inserción, las personas en situación legal de desempleo que cumplan los próximos requisitos:
Haber cumplido cuarenta y cinco años y tener menos de sesenta y cinco salvo ciertos casos
Llevar cuando menos 12 balanceas anotado como demandante de empleo, esto es, apuntados al paro
Haber agotado el paro y los subsidios por desempleo a los que tenían derecho.
No tener ingresos que superen el setenta y cinco por ciento del Sueldo Mínimo Interprofesional (cuatrocientos noventa y uno con cuarenta para dos mil dieciseis).
No haber cobrado la RAI en el último año a menos que la persona tenga un grado de discapacidad de por lo menos el treinta y tres por ciento esto es víctima de violencia sexista.
Que no haya percibido la Renta Activa de Inserción 3 veces.
Tienes toda la información sobre esta ayuda tras el subsidio y el impreso de petición en el próximo enlace:
Renta Activa de Inserción
2. ¿Exactamente en qué casos se puede trabajar y cobrar la RAI al tiempo?
Hoy día solamente es posible compaginar la RAI con un trabajo a media jornada, o sea, a tiempo parcial.
En los casos en los que el desempleado consiga un trabajo a jornada completa o bien se establezca como autónomo, no va a poder proseguir percibiendo esta ayuda.
3. Cobrar la RAI y trabajar a media jornada
Como sabemos, la Renta Activa de Inserción tiene establecida una cuantía de cuatrocientos veintiseis euros mensuales a lo largo de once meses y si la persona por último comienza a trabajar a media jornada o bien a tiempo parcial, este importe se va a ver reducido proporcionalmente al mismo tiempo trabajado.
De este modo por servirnos de un ejemplo, si una persona comienza a trabajar a media jornada, el importe a percibir de la RAI van a ser doscientos trece euros.
La RAI puede compatibilizarse siempre y cuando el sueldo que reciba el trabajador no supere el setenta y cinco por ciento del sueldo mínimo interprofesional, esto es, cuarenta y nueve mil ciento cuarenta euros mensuales para dos mil dieciseis.
La cuantía de la RAI se va a ver reducida proporcionalmente a las horas trabajadas
Un dato esencial es que a lo largo del tiempo que la persona esté trabajando no consume meses de prestación, de tal modo que los meses que tuviese pendientes ya antes de trabajar, seguirá teniéndolos una vez concluya el contrato.
Además de esto, hay que tomar en consideración que para continuar percibiendo la Renta Activa de Inserción mientras que se trabaja hay que renovar la demanda de empleo en las datas señaladas, en tanto que es un trámite que no podemos parar de hacer.
Si debes sellar tu tarjeta DARDE en los próximos días, te mostramos de qué manera puedes hacerlo a continuación:
Sellar el paro
4. La Renta Activa de Inserción y el trabajo a jornada completa
En los casos en los que el desempleado halle un empleo a jornada completa, no va a poder seguir cobrando la RAI, ni tampoco si el trabajador se establece como autónomo.
Cuando esto ocurre, es esencial comunicar al SEPE este hecho, en tanto que la ayuda debe suspenderse o bien darse de baja, en dependencia de la duración del contrato:
Contrato de más de 6 meses
Si el contrato es de más de 6 meses, tiene sitio la baja de la RAI y no va a ser posible reiniciarla pasados los 6 meses. En un caso así, como el trabajado va a haber amontonado cotizaciones, va a poder pedir el subsidio por insuficiencia de cotización una vez concluya su contrato.
Contrato de menos de 6 meses
Si el contrato es de menos de 6 meses, entonces la RAI va a quedar suspendida provisionalmente y va a poder reiniciar la prestación cuando concluya el periodo de trabajo.
*En los dos casos, es fundamental comunicar al SEPE que comenzamos a trabajar. En el último apartado te explicamos de qué forma hacerlo.
5. ¿De qué manera comunicar al SEPE que comienzo a trabajar?
Para comunicar al SEPE que comenzamos a trabajar, existen 3 formas de hacerlo:
En internet
Por teléfono
Presencialmente
En internet
Mediante la Sede Electrónica del SEPE, puedes gestionar la baja de la prestación por comenzar a trabajar. Así, la ayuda va a quedar interrumpida desde la data en que se pida.
Para poder efectuar el trámite, es obligatorio identificarse con alguno de los próximos documentos:
Puedes efectuar este trámite pinchando a continuación:
Baja de la prestación – SEPE
Por teléfono
Asimismo puedes comunicar al SEPE que comienzas a trabajar llamando al teléfono siguiente:
901119999( Llamar acá )
Si lo prefieres, acá tienes un listado de teléfonos provinciales:
Provincia
Teléfono
Álava
novecientos cuarenta y cinco setecientos cincuenta ochocientos noventa y ocho
Albacete
novecientos sesenta y siete setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Almería
novecientos sesenta y cinco cero cuatrocientos noventa y ocho
Ávila
novecientos veinte setecientos cincuenta setecientos noventa y ocho
Badajoz
novecientos veinticuatro novecientos noventa quinientos setenta y ocho
Baleares
novecientos setenta y uno novecientos noventa y ocho setecientos noventa y ocho
Barna
novecientos treinta y seis ciento noventa novecientos noventa y ocho
Burgos
novecientos cuarenta y siete setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Cáceres
novecientos veintisiete setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Cádiz
novecientos cincuenta y seis novecientos noventa y dos quinientos noventa y ocho
Castellón
novecientos sesenta y cuatro setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Urbe Real
novecientos veintiseis novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Córdoba
novecientos cincuenta y siete novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Coruña
novecientos ochenta y uno novecientos noventa y cinco quinientos noventa y ocho
Cuenca
novecientos sesenta y nueve setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Girona
novecientos setenta y dos sesenta y ocho seiscientos noventa y ocho
Granada
novecientos cincuenta y ocho novecientos quinientos noventa y ocho
Guadalajara
novecientos cuarenta y nueve setecientos cincuenta ochocientos noventa y ocho
Gipuzkoa
novecientos cuarenta y tres novecientos ochenta quinientos noventa y ocho
Huelva
novecientos cincuenta y nueve setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Huesca
novecientos setenta y cuatro setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Jaén
novecientos cincuenta y tres novecientos noventa quinientos noventa y ocho
León
novecientos ochenta y siete novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Lleida
novecientos setenta y tres novecientos noventa quinientos noventa y ocho
La Rioja
novecientos cuarenta y uno setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Lugo
novecientos ochenta y dos setecientos cincuenta setecientos setenta y ocho
la capital de España
novecientos diez quinientos cuatro quinientos noventa y ocho
Málaga
novecientos cincuenta y dos novecientos noventa y siete noventa y ocho
Murcia
novecientos sesenta y ocho novecientos noventa y uno quinientos noventa y ocho
Navarra
novecientos cuarenta y ocho novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Ourense
novecientos ochenta y ocho setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Asturias
novecientos ochenta y cuatro setecientos cincuenta y uno cuatrocientos noventa y ocho
Palencia
novecientos setenta y nueve novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Las Palmas
novecientos veintiocho novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Pontevedra
novecientos ochenta y seis novecientos ochenta y uno quinientos noventa y ocho
Salamanca
novecientos veintitres setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Tenerife
novecientos veintidos novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Cantabria
novecientos cuarenta y dos novecientos noventa ochocientos noventa y ocho
Segovia
novecientos veintiuno setecientos cincuenta cuatrocientos noventa y ocho
Sevilla
novecientos cincuenta y cinco quinientos sesenta y seis quinientos noventa y ocho
Soria
novecientos setenta y cinco setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Tarragona
novecientos setenta y siete novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Teruel
novecientos setenta y ocho novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Toledo
novecientos veinticinco novecientos noventa quinientos noventa y ocho
Valencia
novecientos sesenta y tres ochenta y cinco quinientos noventa y ocho
Valladolid
novecientos ochenta y tres novecientos noventa novecientos noventa y ocho
Bizkaia
novecientos cuarenta y cuatro quinientos quinientos noventa y ocho
Zamora
novecientos ochenta setecientos cincuenta quinientos noventa y ocho
Zaragoza
novecientos setenta y seis novecientos noventa y ocho novecientos noventa y ocho
Ceuta
novecientos cincuenta y seis novecientos ochenta y cuatro setecientos setenta y nueve
Melilla
novecientos cincuenta y dos novecientos noventa setecientos noventa y ocho
Presencialmente
Para finalizar asimismo puedes asistir a las oficinas del SEPE para comunicarles que comienzas a trabajar.
Recuerda que es obligatorio pedir vez anterior a fin de que seas atendido. En la actualidad puede pedirse por la red y por teléfono:
Cita anterior INEM por teléfono
Cita anterior INEM en internet
Más Información
Guía para gestionar baja de la prestación en internet SEPE