Si has acabado de cobrar la RAI o bien vas a hacerlo en los próximos meses, en el artículo te mostramos cuáles son las ayudas a la que puedes acogerte si sigues desempleado o bien sin ingresos suficientes para cubrir tus necesidades básicas.
1. ¿Qué es la Renta Activa de Inserción?
La Renta Activa de Inserción, famosa con las iniciales RAI, es una ayuda del SEPE que puede pedirse cuando el desempleado ha agotado el paro y los subsidios por desempleo a los que tenía derecho, incluyendo la Renta Agraria para los trabajadores de Andalucía y Extremadura.
La Renta Activa de Inserción es un subsidio excepcional para quienes han agotado todas y cada una de las posibilidades por desempleo y prosiguen desempleados.
Esta ayuda que puede cobrarse en 3 ocasiones, puede solicitarse siempre y cuando, aparte de haber agotado las posibilidades precedentes, se cumplan los próximos requisitos:
El desempleado debe tener cuando menos cuarenta y cinco años y menos de sesenta y cinco, con la salvedad de ciertos colectivos como por servirnos de un ejemplo los trabajadores emigrantes, discapacitados o bien víctimas de violencia sexista.
Estar anotado en los Servicios de Empleo pertinentes a la localidad de vivienda “apuntado al paro” y llevar anotado por lo menos 12 meses de forma ininterrumpida.
No haberse favorecido en el último año de la RAI excluyendo personas con discapacidad de treinta y tres por ciento o bien más y las víctimas de violencia sexista.
El demandante no puede haber cobrado la RAI 3 veces
Cuantías dos mil dieciseis
El importe que se percibe es de cuatrocientos veintiseis euros a lo largo de once meses.
Para conocer los plazos de petición, descargar los impresos y pedir esta ayuda, pincha en el próximo artículo:
La Renta Activa de Inserción
¿Y si agoto la RAI y prosigo desempleado?
En los casos en los que se agote la Renta Activa de Inserción y la persona prosiga desempleada, hay otras ayudas que pueden pedirse si se cumplen los requisitos precisos. Ahora te las mostramos.
2. Ayudas tras agotar la RAI
Aparte de la RAI, el SEPE administra otras ayudas para las personas en situación legal de desempleo que han agotado el paro y los subsidios:
El Plan Prepara
El Programa de Activación para el Empleo PAE
Tras haber agotado la RAI, es posible pedir el Programa de Activación para el Empleo PAE, en tanto que el Plan Prepara demanda que la persona no se haya favorecido de la Renta Activa de Inserción alguna vez, y por consiguiente no va a poder solicitarlo.
Tras la RAI no es posible acogerse al Plan Prepara, mas sí al Programa PAE
En el instante en el que la persona agote el PAE, va a poder optar a las ayudas autonómicas conocidas como sueldos sociales o bien rentas mínimas de inserción.
En consecuencia, tras agotar la RAI es posible cobrar las próximas ayudas y en el próximo orden:
El Programa de Activación para el Empleo
Sueldos Sociales autonómicos
3. La ayuda de los cuatrocientos euros. El Plan Prepara
Como hemos citado ya antes, el Plan Prepara, conocido como la ayuda de los cuatrocientos euros, es un subsidio que como la RAI puede pedirse cuando el desempleado agota el paro y los subsidios por desempleo a los que tenía derecho, como por poner un ejemplo la ayuda familiar.
No obstante, esta ayuda no puede solicitarse si la persona ya ha cobrado la RAI, con lo que no es posible acogerse a este programa si ya hemos sido adjudicatarios de la Renta Activa de Inserción.
En el instante de agotar todas y cada una de las posibilidades por desempleo, la persona debe valorar la conveniencia de apuntarse a este programa o bien pedir la RAI en función de los requisitos que reúna en el instante de la petición.
Requisitos para pedir el Plan Prepara
Para acogerse al Plan Prepara, la persona interesada debe reunir los próximos requisitos en el instante de la solicitud:
Haber agotado el paro y los subsidios por desempleo a los que tuviese derecho.
No haber cobrado alguna de las próximas ayudas:
La Renta Activa de Inserción
La Renta Agraria
El PRODI
El Plan Prepara
No tener deudas con la Seguridad Social o bien con Hacienda
No tener ingresos que superen el setenta y cinco por ciento del sueldo mínimo interprofesional
Acreditar que la persona está efectuando una busca activa de empleo
El adjudicatario del Plan Prepara va a recibir orientación laboral adaptada y una ayuda económica a lo largo de 6 meses de cuatrocientos euros más o menos.
Plan Prepara
4. Programa de Activación para la utilización. PAE
Las personas desempleadas que hayan agotado la RAI o bien el Plan Prepara y tengan responsabilidades familiares, van a poder pedir hasta el quince de abril de dos mil diecisiete el Programa de Activación para el Empleo, conocido con las iniciales PAE que asimismo administra el SEPE.
Las personas que hayan agotado la RAI y prosigan desempleadas, pueden pedir el PAE si reúnen estos requisitos:
Deben ser parados de larga duración, esto es, llevar anotados en los Servicios de Empleo cuando menos un año.
No tener rentas sobre el setenta y cinco por ciento del sueldo mínimo interprofesional (cuatrocientos noventa y uno con cuarenta€/mes)
Contar con responsabilidades familiares
El PAE es un programa excepcional que pretende reinsertar laboralmente a la persona por medio de diferentes medidas, como por servirnos de un ejemplo los trayectos individuales y adaptados. Además de esto, el adjudicatario del PAE va a contar con una ayuda económica de apoyo de cuatrocientos veintiseis euros a lo largo de 6 meses.
Toda la información, impresos y requisitos en el próximo enlace:
Programa de Activación para el Empleo PAE
5. Ayudas autonómicas. La Renta Mínima de Inserción RMI
Cuando se han agotado todas y cada una de las ayudas estatales libres como las que hemos acabado de mentar, las comunidades autónomas administran los llamados sueldos sociales o bien rentas de inserción, que son subvenciones para quienes acrediten no tener derecho a ninguna ayuda y tengan contrariedades económicas.
En dependencia de la comunidad autónoma en la que nos hallemos, esta ayuda recibe un nombre distinto; de esta manera por servirnos de un ejemplo en Aragón se llama el Ingreso Aragonés de Inserción, en Asturias el Sueldo Social Básico o bien en Baleares la Renta Mínima de Inserción.
Requisitos para pedir el sueldo social
Con carácter general para todas y cada una de las comunidades autónomas, los requisitos para poder beneficiarse del sueldo social son:
Vivir en la comunidad en la que se quiere pedir la ayuda. Para esto has de estar censado en alguno de sus ayuntamientos
No tener ingresos suficientes para satisfacer las necesidades básicas
Los desempleados deben estar dados de alta en el Servicio de Empleo pertinente
No tener derecho o bien haber agotado todas y cada una de las ayudas estatales a la que tenían derecho
Como es una subvención autonómica, hay que revisar los requisitos concretos en todos y cada uno de los casos. Puedes hallar toda la información pinchando a continuación:
Renta Mínima de Inserción
Más Información
Otras ayudas:
Ayudas de urgencia social dos mil dieciseis
Ayudas al alquiler